El complemento de brecha de género debe concederse a hombres en igualdad con las mujeres

En qué consiste este complemento y a quién beneficia

El complemento de brecha de género fue creado con el objetivo de compensar las pensiones más bajas que, en general, han recibido históricamente las mujeres debido a interrupciones laborales relacionadas con el cuidado familiar. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha establecido que este complemento también debe concederse a los hombres en idénticas condiciones si cumplen los mismos criterios.

Este fallo refuerza el principio de igualdad y corrige una interpretación anterior que limitaba el acceso al complemento por razones de sexo.

Qué dice exactamente la sentencia

El Tribunal Supremo ha sentenciado que la norma que regula este complemento debe aplicarse sin discriminación por razón de género. Si un varón acredita las mismas circunstancias familiares y profesionales que justificarían el complemento en una mujer —como haber tenido dos o más hijos y haber sufrido una interrupción o merma en su carrera profesional—, tiene pleno derecho a percibirlo.

En su argumentación, el Alto Tribunal subraya:

  • Que el principio de igualdad entre hombres y mujeres debe respetarse también en el ámbito de las prestaciones públicas.
  • Que la norma, aunque redactada en términos orientados a corregir desigualdades históricas, no puede excluir automáticamente a quienes estén en situación equivalente.

Cómo afecta a la Seguridad Social y a los pensionistas

Esta doctrina obliga a la Seguridad Social a revisar y aplicar el complemento de forma igualitaria, lo cual puede afectar a numerosos expedientes de pensión ya resueltos. Todos aquellos hombres que cumplan los requisitos podrán reclamar el complemento aunque inicialmente se les haya denegado.

Para solicitarlo deberán:

  • Acreditar el número de hijos biológicos o adoptivos.
  • Demostrar un impacto negativo en su vida laboral derivado del ejercicio de responsabilidades familiares.
  • Haber accedido a una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.

Además, si ya han solicitado el complemento y se les ha denegado por ser hombres, podrán recurrir en base a esta nueva jurisprudencia.

Qué implica para la interpretación del derecho a la igualdad

Esta sentencia establece un precedente clave, ya que trasciende la redacción literal de una norma y pone por delante el principio constitucional de igualdad efectiva. No se trata solo de una corrección administrativa, sino de una visión inclusiva que reconoce las diferentes realidades de cuidado que afectan también a los hombres.

Desde nuestro análisis jurídico, consideramos que esta decisión avanza hacia un modelo más justo y equilibrado, donde las prestaciones se adaptan a las circunstancias personales reales, sin encasillar en roles de género.

Igualdad real en el acceso al complemento

Con esta doctrina, el Tribunal Supremo fortalece el derecho a la igualdad en el ámbito de la Seguridad Social y recuerda que los derechos no pueden condicionarse por estereotipos históricos. Lo relevante no es el sexo del solicitante, sino su situación concreta.

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